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MinSalud señala los requisitos y condiciones de la factura electrónica para el sector salud

Actualizado: 19 sept 2022


El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 000506 de 2021, por la cual se adopta el Anexo Técnico “Campos de datos adicionales del sector salud incluidos en la generación de la factura electrónica de venta en el sector salud”.




A continuación, se destacan los aspectos más relevantes de la resolución expedida:


¿Quiénes están obligados a aplicar la nueva resolución?


Según lo establece el artículo 2º, la Resolución 506 de 2020 será aplicable a:





Dichos obligados a facturar electrónicamente tendrán que solicitar a sus proveedores tecnológicos la implementación de los cambios establecidos en la presente resolución.






”Se entienden como facturadores electrónicos del sector salud a las entidades encargadas de la prestación o provisión de servicios y tecnologías de la salud.”


Responsabilidades de facturadores electrónicos y proveedores tecnológicos


Las obligaciones de los proveedores tecnológicos trascienden la mera transmisión de la información en tanto que, deben garantizar que las facturas cumplan con los requisitos legales en la generación y entrega. Además, deben abstenerse de cometer maniobras fraudulentas o engañosas en las operaciones que realicen relacionadas con la factura electrónica; no obstante, la responsabilidad del proveedor tecnológico por la firma digital tendrá el alcance que el facturador le otorgué y dependerá de las condiciones acordadas.


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